El régimen talibán en Afganistán ha dado un paso definitivo hacia la institucionalización de la opresión de género con la aprobación de un nuevo código penal que legaliza la violencia contra las mujeres bajo condiciones específicas. Según el Artículo 32 de esta normativa, los esposos tienen permitido golpear a sus mujeres siempre y cuando el castigo físico no deje “evidencia física contundente”, como fracturas o moretones visibles. En caso de que se demuestre una fuerza excesiva, la pena para el agresor es de apenas 15 días de prisión, una cifra irrisoria comparada con el año de cárcel que impone el mismo código por contacto físico consensuado entre adultos no emparentados.
La nueva ley también anula la autonomía de movimiento de las mujeres casadas. El Artículo 34 establece que una mujer puede ser condenada a tres meses de prisión por permanecer en la casa de sus padres sin el consentimiento de su marido. Esta medida se extiende a la familia de origen: si los padres o hermanos no “devuelven” a la mujer al hogar conyugal, pueden ser imputados y encarcelados por el mismo periodo. En la práctica, esto elimina cualquier red de apoyo o refugio para las víctimas de abuso, convirtiéndolas legalmente en propiedad del cónyuge y eliminando la posibilidad de escape de matrimonios forzosos o violentos.
Además de las restricciones de género, el código penal introduce un sistema de justicia basado en el estatus social, dividiendo a la población en cuatro categorías. Mientras que las clases bajas están sujetas a penas de prisión y latigazos, la élite gobernante y los clérigos solo recibirán “advertencias” por cometer los mismos delitos. Este endurecimiento legislativo se suma a la sistemática erosión de los derechos a la educación y el trabajo que las mujeres afganas han sufrido desde 2021, consolidando un sistema de apartheid de género que la comunidad internacional continúa condenando sin lograr cambios efectivos en el terreno.
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