Infecciones Intrahospitalarias

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Hace unos meses el Consejo de Estado declaro la responsabilidad a una institución prestadora de servicios de salud, por los perjuicios causados a un paciente quien se encontraba hospitalizado y quien adquirió una bacteria intrahospitalaria, dicho fallo a renovado los conceptos que sobre estos eventos se venían presentando en el país cuando de infecciones nosocomiales se trataba.

Ahora bien para poder contextualizar al lector sobre las infecciones nosocomiales tenemos la definición según la Organización Mundial de la Salud “OMS”:

“En el ámbito médico se denomina infección nosocomial (Del latín nosocomīum, hospital de enfermos) o infección intrahospitalaria a la infección contraída por pacientes ingresados en un recinto de atención a la salud (no sólo hospitales).

Según la OMS, estarían incluidas las infecciones que no se habían manifestado ni estaban en periodo de incubación, es decir, se adquieren durante su estancia y no son la causa del ingreso; también entrarían en esta categoría las que contraen los trabajadores del centro debido a su ocupación.[1]

Otras expresiones similares son: Contagio hospitalario, Infección intrahospitalaria, infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria, Efectos Adversos ligados a la Hospitalización, Infección por gérmenes resistentes, o infección oportunista.

En sentido general, el contagio hospitalario es la adquisición o propagación de una enfermedad, por insuficiente esteril ización o falta de antisepsia [4] , poniendo en contacto de manera involuntaria,[5] microorganismos patógenos con personas, dentro de una instalación hospital laria, o centro de salud.”[1]

Cristian SánchezLos factores de  importancia para los pacientes que influyen en la posibilidad de contraer una infección comprenden la edad, el estado de inmunidad, cualquier enfermedad subyacente y las intervenciones diagnósticas y terapéuticas. En las épocas extremas de la vida – la infancia y la vejez – suele disminuir la resistencia a la infección. Los pacientes con enfermedad crónica, como tumores malignos, leucemia, diabetes mellitus, insuficiencia renal o síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida) tienen una mayor vulnerabilidad a las infecciones por agentes patógenos oportunistas. Estos últimos son infecciones por microorganismos normalmente inocuos, por ejemplo, que forman parte de la flora bacteriana normal del ser humano, pero pueden llegar a ser patógenos cuando se ven comprometidas las defensas inmunitarias del organismo. Los agentes inmunodepresores o la irradiación pueden reducir la resistevncia a la infección. Las lesiones de la piel o de las membranas mucosas se producen sin pasar por los mecanismos naturales de defensa. La malnutrición también presenta un riesgo. Muchos procedimientos diagnósticos y terapéuticos modernos, como biopsias, exámenes endoscópicos, cateterización, intubación/respiración mecánica y procedimientos quirúrgicos y de succión aumentan el riesgo de infección. Ciertos objetos o sustancias contaminados pueden introducirse directamente a los tejidos o a los sitios normalmente estériles, como las vías urinarias y las vías respiratorias, el uso de cierto instrumental médico, la permanencia prolongada en los establecimientos hospitalarios y el contacto directo o indirecto con otros pacientes infectados.

Tenemos entonces que según la sentencia de la referencia, las enfermedades que presenten los pacientes por infecciones o bacterias nosocomiales, serán responsabilidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud “hospitales – clínicas”, y que las mismas responderán por una responsabilidad objetiva que no obedece a un caso fortuito o un evento adverso, -pues no son ajenas a la prestación del servicio público de salud- como se venía tratando, por lo cual los centros sanitarios se exoneraban de responsabilidad; pero siguiendo el criterio establecido en la sentencia recurrida, tenemos que dicha bacteria es propia del recinto médico y si bien se torna irresistible, no es imprevisible pues se conoce su existencia y por tal, estarán obligados los centros hospitalarios a garantizar la salud de sus pacientes.

Vale la pena insistir en que aunque las infecciones nosocomiales pueden llegar a ser irresistibles, son prevenibles y controlables, por lo que está en manos de las entidades hospitalarias adoptar todas las medidas establecidas en los protocolos diseñados por las autoridades competentes a efectos de reducir los riesgos que comporta para los pacientes, en especial para aquellos que resultan más vulnerables.DSCN5205

Es importante resaltar, que así, el centro médico haya prestado el servicio de salud  requerido por el paciente de la mejor forma posible, esto no lo exonera del evento en que el paciente adquiera una bacteria hospitalaria y por tal motivo deberá indemnizar los perjuicios que ello le cause al usuario y/zo sus familiares.

Consejo de Estado, sala de lo contencioso administrativo, Sección tercera, Subsección “B” C.P. Danilo Rojas Betancourth. Bogotá D. C., 29 de agosto de 2013. Expediente: 30283. Radicación: 25000 2326 000 2001 01343 01t

CRISTIAN ANDRES SANCHEZ GIL
Abogado especialista
En responsabilidad médica y seguridad social – derecho laboral


[1] http://es.wikipedia.org/wiki/Infecci%C3%B3n_nosocomial#cite_note-1z––

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