Concejo municipal de Rionegro debe elegir a Jhon Fredy Osorio Pemberty como Personero titular

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De no hacerlo la Corporación pública de Rionegro estaría desconociendo el mandato del Consejo de Estado, el cual no da lugar a interpretaciones. Así las cosas le queda solo un camino, y es nombrar basado en la lista de elegibles que tiene al Abogado Jhon Fredy Osorio Pemberty como el siguiente en el concurso de méritos.

Habiéndose notificado del recurso de apelación interpuesto por Carlos Andrés García Castaño contra la sentencia del Tribunal de Antioquia del 28 de julio de 2016, al Concejo Municipal no le queda otra opción que acatar el fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección quinta del Consejo de Estado.

El fallo dejó claro que “le corresponde al Concejo Municipal darle continuidad al concurso público de méritos de conformidad con lo previsto en la Ley 1551 de 2012 y el Decreto No. 2485 del 2 de diciembre de 2014, a partir de los actos previos a su expedición”. ver fallo del Consejo de Estado

No puede haber duda en la elección del nuevo Personero

Dos conceptos externos dan aún mayor claridad al resultado de la “vacancia absoluta”, decidida por el Consejo de Estado. La primera del Departamento Administrativo de la Función Pública en el cual dice que “corresponde al Concejo municipal, elaborar en estricto orden de mérito la lista de elegibles, con lo cual se cubrirá la vacante…) Ver respuesta del DAFP

Y la segunda del Ex Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y Especialista en Derecho Constitucional, Luis Javier Osorio López quién en relación al fallo manifestó que el Concejo municipal debe “acatar el fallo de nulidad proferido por el citado órgano de cierre y que proceda a nombrar al aspirante que tiene el mejor puntaje en el concurso”.

También dijo el Constitucionalista que “al dejarse sin efecto las resoluciones No. 048 de 2015, y el acta de nombramiento realizado en la sesión del Concejo Municipal No. 007 del 9 de enero de 2016, lo que sigue es la designación de quien quedó con mejor derecho en el concurso para personero; correspondiendo ineludiblemente y sin margen para discusión en derecho, el nombre del Dr. Jhon Fredy Osorio Pemberty, por cuanto eso es lo que dicen la pruebas”.

El Exmagistrado que fue reiterativo en el paso a seguir, en su concepto deja un mensaje a los Corporados: “no acatar este precedente, puede conllevarles serias consecuencias jurídicas y políticas, pues se trata de una sentencia que al estudiar temas tan sensibles de constitucionalidad como el debido proceso y el derecho a ser elegido electoralmente conforme a las reglas del concurso democrático, sin más, es de inevitable cumplimiento…”.

El Concejo de Rionegro tiene ahora la palabra sobre una decisión del Consejo de Estado que ya debió conocer, como es proceder a nombrar a quien en derecho según el máximo Tribunal ganó en franca lid el concurso de méritos.

Queda para el análisis el descalabro mayúsculo en Asesoría jurídica y las erráticas decisiones de los Corporados, de un trámite que dejó al descubierto la manipulación del proceso de elección del Personero municipal.

Ver concepto del Exmagistrado Luis Javier Osorio López

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