Declarado nulo Acuerdo que autorizaba endeudamiento para Tren Ligero de Rionegro

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La Segunda Sala de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, confirmó el fallo proferido por la Jueza 11 de Oralidad de Medellín, en el cual se declaró la nulidad del Acuerdo 006 de 2018, proferido por el Concejo municipal de Rionegro, “Por medio del cual se autoriza al Alcalde de Rionegro, Antioquia, para comprometer vigencias futuras excepcionales”, con destino a la financiación de un sistema masivo de movilidad para la ciudad, consistente en un Tren Ligero o APM, Movilizador Automático de Personas.

El Acuerdo anulado autorizaba el ejecutivo municipal para comprometer vigencias futuras excepcionales, en cuantía de 5.06 billones de pesos, para la construcción del sistema, que inicialmente se dijo sería a través de una Alianza Público Privada y posteriormente se sacó a licitación pública, a la cual  no se presentó ninguna empresa interesada.

Para pagar la deuda en que incurría Rionegro, se comprometían ingresos del Impuesto Predial entre el año 2023, hasta el año 2047, pero según el fallo de primaria instancia, no se cumplían las normas consagradas en la ley 1483 de 2011 y su decreto reglamentario 2767 de 2012, relacionado con las vigencias futuras excepcionales.

La demanda para que se anulara el Acuerdo del Concejo fue instaurada por el abogado Gustavo Alberto Nieto Rizo y después del fallo de primera instancia proferido por la Jueza 11 de Oralidad de Medellín, la Administración presentó recurso de apelación, el cual queda negado con el fallo de segunda instancia y, en consecuencia, el Alcalde de Rionegro queda sin facultades para comprometer vigencias futuras excepcionales para financiar la construcción del Tren Ligero.

Compartimos la sentencia:011-2018-00276 CONFIRMA

 

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