La Procuraduría de Antioquia llamó a indagación preliminar a concejales, exconcejales, exprocuradora provincial, Personero elegido, Personera Encargada y a la exsecretaria del Concejo para que en versión libre manifiesten como fue su participación en el proceso.
El llamado del ente de control y vigilancia de la función pública, se da después que la Magistrada Martha Cecilia Madrid Roldán del Tribunal Administrativo de Antioquia compulsara copias a la Procuraduría y a la Fiscalía para que investigue la responsabilidad que tendrían en la elección irregular del Personero municipal. Ver: Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó nulidad de la elección de Personero de Rionegro
Según el último fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, el Concejo Municipal “reprodujo un acto anulado” con lo cual desatendió una orden de la máxima jurisdicción de lo contencioso administrativo, contrario a lo dispuesto por la Ley 1437 de 2011. Con esta actuación La Corporación Concejo de Rionegro ahondó la crisis institucional en la cual está sumida desde diciembre de 2015, por las repetidas y erráticas decisiones que pretendieron imponer un Personero que ha sido apartado del cargo en dos ocasiones. Ver: Rionegro sin Personero
La mesa directiva del 2015
Según pudo establecer este medio, la mesa directiva de la Corporación que en 2015 contrató la empresa ANI OMega Ltda. serían los primeros en ser formalmente vinculados al proceso de responsabilidad disciplinaria dado que se eligió a dedo una empresa que no contaría con la experiencia en este tipo de procesos. De hecho Oscar Darío Arias Bedoya Concejal y hoy Presidente de la Corporación, cuestionó en su momento la capacidad de la Empresa en este tipo de Concursos “…falta de experticia e idoneidad de la firma contratada, dicho proceso deja un sabor amargo y una confusión pública…”., dijo en un concepto jurídico en debate sobre el tema. Ver: Concepto jurídico
ANI OMEGA Ltda. una Empresa dedicada a la “investigación, asesoría, capacitación e implementación de medios de protección a personas naturales y jurídicas”, realizó el cuestionado concurso, con los resultados que saltan a la vista.
Mientras avanzaba el Concurso de méritos y se buscaba desesperadamente otorgar a Carlos Andrés García Castaño el primer puesto en el fallido concurso de méritos, Giovanny García Presidente del Concejo municipal en 2015 y la secretaria de la Mesa Directiva Leidy Yuliana Gutiérrez se tomaron la atribución de convocar una nueva etapa en el proceso.
Un documento firmado el 7 de diciembre citó a la realización de una Audiencia Reservada que no estaba prevista en la convocatoria, a través de la cual se modificaron los resultados de las pruebas de competencias laborales en favor de Carlos Andrés García Castaño quien ocupaba el segundo lugar y de esa manera sin que mediara solicitud de revisión pasó a ocupar el primer lugar en la lista de elegibles. Ver: Resolución 048 de 2015
Giovanny García Presidente en 2015 y la secretaria del Concejo habrían excedido facultades firmando en nombre de la mesa directiva un documento que modificó el cronograma del Concurso de méritos.
La Procuradora Provincial
Aunque en el Concurso de méritos tanto la Procuraduría como la Veeduría ciudadana estuvieron al tanto del proceso, en la llamada Audiencia reservada sólo participó la Procuradora Provincial Ángela Giraldo Duque como veedora, según expresa una queja ante la misma Procuraduría, el veedor ciudadano no fue avisado de la realización de la audiencia.
Llama la atención a la misma Procuraduría que la funcionaria, quien asistió a la audiencia reservada como representante del ministerio público convocada por el Presidente y su secretaria en 2015, habría firmado un documento que le diera un halo de validez a una actuación irregular. También se reclama en la queja que el acta nunca apareció publicada en el sitio web del Concejo donde deben estar disponibles las actuaciones del Concurso de méritos.
Ángela Giraldo Duque quién para el mes de diciembre de 2015 se desempeñaba como Procuradora provincial, habría avalado con su firma el acta donde se otorgaron los puntajes necesarios para invertir el orden de méritos en el concurso.
Un detalle que no pasó desapercibido para la Procuraduría es que según información entregada a los entes de control, ninguno de los vicepresidentes de la mesa directiva del 2015 fueron informados de las actuaciones del Presidente y su secretaria, lo que supone igualmente una actuación a espaldas del resto de Concejales. Esta es la principal razón para que la Procuraduría esté concentrada en determinar la responsabilidad de quienes habrían excedido arbitrariamente su competencia para cambiar la puntuación en favor de un participante.
Una acción de tutela ordenó elegir el Personero
El 21 de noviembre de 2016, según la decisión del juez 19 civil municipal de Medellín, se ordenó al Presidente del Concejo municipal proveer el cargo de Personero de Rionegro en un término no superior a 48 horas. El fallo agregó que este debió hacerse conforme a la lista de elegibles con la persona que haya obtenido el mayor puntaje, tal y como lo ordenó el Consejo de Estado en sentencia del 29 de septiembre de 2016. Ver: Juez ordena no dilatar más la elección de Personero de Rionegro
Cabe resaltar que en sesión del 14 de octubre de 2016, se reclamó el cumplimiento de la decisión del Consejo de Estado, por parte del Concejal Ricardo Nieto. Dijo el corporado que “el acto de elección fue anulado y comprobó la ilegalidad de la llamada audiencia pública reservada, la cual fue dejada sin efecto. El Concejo puede incurrir en delitos como prevaricato, concierto para delinquir y fraude a Resolución judicial, entre otros”. Ver: Concejo de Rionegro estaría incurso en desacato, fraude a resolución judicial y detrimento patrimonial
La respuesta del Concejo Municipal al fallo de última instancia el Consejo de Estado que anuló la elección del Personero municipal y ordenó proceder a “darle continuidad al concurso público de méritos de conformidad con lo previsto en la Ley 1551 de 2012 y el Decreto No. 2485 del 2 de diciembre de 2014, a partir de los actos previos a su expedición”, no fue precisamente la de darle cumplimiento inmediato ni a este ni a la acción de tutela.
En su lugar, la mesa directiva de este año con facultades dadas por el pleno del Concejo decidió contratar nuevamente a la empresa ANI Omega Ltda. y la autorizó para reanudar el concurso de méritos y realizar el proceso para obtener una nueva lista de elegibles según la Resolución 058 del 29 de noviembre de 2016.
Esta afrenta a las decisiones judiciales, quedó registrada en el documento firmado por el Presidente de la Corporación Gregorio Orjuela Pérez, los Vicepresidentes Luis Alfredo Ospina y Rodrigo Agudelo Hincapié y por la secretaria Maria Cecilia Álvarez Suárez, la resolución buscó revivir el acto anulado donde finalmente eligieron Personero, utilizando las mismas maniobras dentro del Concurso, el cual terminaría por ser declarado ilegal por parte del Tribunal Administrativo de Antioquia.
¿Y el Alcalde Rionegro?
Según se documentó ante la Procuraduría Jhon Fredy Osorio Pemberthy le pidió a Andrés Julián Rendón Cardona, Alcalde de Rionegro intervenir en el proceso que según el demandante desconoció sus derechos fundamentales. En el escrito le solicitó convocar a sesiones extraordinarias al Concejo de Rionegro, para que cumplieran su deber constitucional y legal, de nombrar el Personero Titular.
Debido a que el Concejo municipal no dio cumplimiento a los fallos en sesiones ordinarias, correspondía al Alcalde Municipal citar a sesiones extras para proceder al nombramiento. En la citación que fue realizada mediante decreto 0724 del 28 de diciembre de 2016, el Alcalde habría comprometido su responsabilidad toda vez que la elección hecha con fundamento en esta citación, fue anulada por el Tribunal Administrativo de Antioquia.
Así las cosas el mandatario hizo caso omiso a la solicitud y permitió que el procedimiento siguiera adelante. Por este motivo el Alcalde también fue llamado a indagatoria preliminar, en el cual deberá responder por lo que sería su responsabilidad en lo que era su deber de “salvaguardar el erario público, velar porque las actuaciones que se realicen no comprometan los recursos públicos, y ante esta situación de vulneración de derechos, es evidente que se están generando responsabilidades fiscales…”, se lee en documento en poder del ente de control.
Finalmente, la Resolución 073 de 2016 del Concejo municipal, forzó una nueva lista de elegibles en la cual se aseguró el primer lugar para Carlos Andrés García Castaño y con el visto bueno de la sesión plenaria de la Corporación que con 13 votos positivos y 1 negativo, avaló el nombramiento y posesionó a quien el Tribunal Administrativo de Antioquia y el Consejo de Estado le había decretado inválida su elección en 2016.
Los responsables en 2016 y 2017
Tanto las mesas directivas y los concejales de 2016 y 2017 responsables de las decisiones tanto en el concurso de méritos como la elección en dos oportunidades del Personero municipal, deberán aclararle a la Procuraduría sus actuaciones. Pese a que en repetidas ocasiones fueron advertidos además, tanto por la Veeduría ciudadana y los demandantes, de que algo no estaba bien en el Proceso, lo que fuera después confirmado por los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Consejo de Estado.
Esta actuación del Concejo municipal resultó ser el punto cumbre en la responsabilidad disciplinaria que busca la Procuraduría de Antioquia y que con la diligencia preliminar definirá sobre las actuaciones individuales que establecerán si los llamados terminarán vinculados formalmente en el proceso.
En la última etapa mientras se hacía mas gravoso e indefendible el Proceso impuesto por la mesa directiva de 2016, las comunicaciones oficiales del Concejo municipal señalaban a ciudadanos y sectores de la prensa de “manipular con información parcializada y con comentarios irresponsables que no obedecen a la realidad del caso“. Ver comunicado de prensa La respuesta vendría por si sola cuando el Tribunal de Antioquia confirmó que la elección se hizo de forma ilegal.
¿Y la elección del Personero?
El proceso espera que el Consejo de Estado admita o niegue la solicitud de revocatoria del fallo que dejó en firme el Tribunal Administrativo de Antioquia el pasado 10 de febrero, en el cual se resolvió el “incidente de reproducción de acto administrativo anulado“, terminando con la suspensión en el cargo de Carlos Andrés García Castaño como Personero de Rionegro.