La Procuraduría Provincial de Rionegro suspendió del cargo por el término de tres meses al Alcalde del municipio de El Peñol, José Cirilo Henao Jaramillo, al declarar probado y no desvirtuado el cargo formulado por ese despacho, por encontrarlo responsable disciplinariamente de la comisión de una falta GRAVE, cometida con CULPA GRAVE, conforme a lo expuesto por ese despacho de manera precedente.
En la misma resolución, la Procuraduría Provincial declara también probado y no desvirtuado el único cargo formulado por ese despacho a la doctora Verónica Viviana Arbeláez Mejía, Comisaria de Familia de El Peñol.
La Procuraduría investigó a Henao Jaramillo, por presuntas irregularidades en el nombramiento de la Comisaria de Familia, sin que al parecer cumpliera con el requisito de título de postgrado.
Según lo requerido para el cargo, debía tener estudios en derecho de familia, civil, administrativo, constitucional o procesal, o en su defecto, en derechos humanos o ciencias sociales con estudio de familia como componente curricular del programa, según lo establecía el numeral 3 del artículo 80 de la Ley 1098, norma que se encontraba en vigencia en el momento de los hechos.
En este proceso, el ente de control también citó a Arbeláez Mejía porque presuntamente tomó posesión como Comisaria de Familia, el 1 de abril del 2016, a pesar de no haber acreditado los estudios postgrado exigidos por la ley para desempeñar el cargo. El Ministerio Público calificó la conducta de los investigados como falta grave, a título de dolo, la de Henao Jaramillo porque al parecer no verificó el cumplimiento de los requisitos legales para el ejercicio del cargo y la de Arbeláez Mejía por no acreditar los requisitos exigidos por la Ley.