El Gobernador del Departamento Luis Pérez Gutiérrez expidió un Decreto por medio del cual se restringe el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos, educativos y deportivos de uso cotidiano de niños, niñas y adolescentes, en todo el territorio del Departamento de Antioquia, con el cual se quiere amparar el derecho que tienen estos sectores de la población, conforme lo establece el artículo 44 de la Constitución, con lo cual se deja sin piso una determinación del Consejo de Estado en el sentido de que no podían aplicarse estas restricciones.
La restricción rige de seis de la mañana a ocho de la noche para el entorno de 100 metros de los establecimientos educativos; hasta las 10 de la noche en los parques públicos de los municipios, lo mismo que en los escenarios de prácticas deportivas. La restricción también aplica para los alrededores de las bibliotecas, de las ciclo rutas y en los espacios públicos que los Alcaldes como autoridad policiva de los municipios consideren que afectan la salud, la vida o el libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes.
El Decreto establece que quienes incumplan la restricción, serán sancionados con multas de 16 salarios mínimos diarios vigentes si la violación ocurre en el entorno educativo y 32 salarios mínimos diarios vigentes en los demás casos, sanciones que se aplican con base en el Código de Policía. De acuerdo con el Decreto del Gobernador, los Alcaldes pueden establecer en cuáles otros espacios públicos rige la restricción para el consumo de drogas y coordinar con la Policía las acciones necesarias para que se cumpla con esta disposición.