Nuevo revés en la elección del Personero de Rionegro

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En el proceso de demanda por la elección del defensor de los derechos ciudadanos en este municipio, se ha escrito un nuevo capítulo en el Tribunal Administrativo de Antioquia.

Una demanda de nulidad electoral presentada el 15 de febrero pasado por Jhon Fredy Osorio Pemberthy fue resuelta por el máximo Tribunal, dejando sin efectos la segunda elección hecha por el Concejo municipal el 4 de enero de 2017.

La demanda conocida este viernes obliga también reanudar el concurso de méritos en los términos que había decidido el mismo Tribunal y el Consejo de Estado, donde se evidenció la manipulación del proceso y el favorecimiento a uno de los candidatos.

El Concejo municipal reabrió etapas del Concurso

El fallo del Consejo de Estado donde en segunda instancia invalidó la elección del Personero de Rionegro, decía expresamente: “…le corresponde al Concejo Municipal darle continuidad al concurso público de méritos de conformidad con lo previsto en la Ley 1551 de 2012 y el Decreto No. 2485 del 2 de diciembre de 2014, a partir de los actos previos a su expedición”

La convocatoria hecha por el Concejo de Rionegro en la Resolución 058 del 30 de noviembre de 2016, en la cual dispuso reanudar el concurso público de méritos para proveer el cargo de Personero municipal, desconoció la decisión y reabrió “etapas precluídas, estableciendo una nueva fase de reclamación para las pruebas de conocimientos académicos y competencias laborales”. A propósito de esta actuación el Tribunal Administrativo de Antioquia decidió declarar la nulidad de la elección.

Según esto, el Concejo Municipal no cumplió con lo ordenado en las sentencias proferidas por el Tribunal Administrativo de Antioquia y el Consejo de Estado, incurriendo nuevamente en un vicio de nulidad en el nombramiento por segunda vez del Personero Municipal de Rionegro.

Lo manifestado por el Tribunal en esta nueva decisión deja en evidencia el desconocimiento por parte del Concejo municipal del Auto del Consejo de Estado de mayo 23 de 2016, de las Sentencias del Tribunal Administrativo de Antioquia de julio 28 de 2016 y del Consejo de Estado de septiembre 29 de 2016. Providencias que además determinaron las consecuencias jurídicas que se generaron a partir de la declaratoria de la nulidad de la primera elección del Personero el 9 de enero de 2016.

Elegir sin apego a la Ley

Un interés indebido en la nueva elección del Personero sigue en evidencia, toda vez que por segunda ocasión las maniobras y la manipulación del Concurso hecho a la medida para ratificar a Carlos Andrés García deja mal la institucionalidad del Concejo municipal, a su mesa directiva actual y a los Corporados que votaron favorablemente aun estando advertidos de la ilegalidad en su proceder.

Es claro que el Concejo de Rionegro, expidió nuevamente un acto contrario a la Ley y las decisiones de los Magistrados, esto es la resolución 058 de noviembre de 2016, tal como ocurrió con la resolución 048 de 2015, toda vez que a sabiendas que los demás actos del concurso de méritos se encontraban en firme, los cuales desconocieron y en su lugar reanudaron etapas ya superadas.

¿Un debate político?

Las ansias de poder han logrado evidenciar a quienes se abogan un derecho por encima de la Ley. Hace 5 meses en un discurso proselitista el electo Personero volvió el Concurso de méritos un debate político.

Según dijo Carlos Andrés García en su segunda posesión, cuando lanza en ristre se fue contra quienes demandaron su elección desconoció el proceso adelantado, atinó a decir que se trataba de algo distinto. El 4 de enero dio a entender que ocupar el cargo era un derecho de quienes ganaron las elecciones, esto es desconociendo el mérito que consagra el artículo 125 de la Constitución Política a través de un concurso independiente y objetivo.

Un desencajado Personero con una postura no solo insólita sino risible. El ungido defensor de los derechos ciudadanos en una airada diatriba señaló y denunció una “alianza criminal”, la cual hasta la fecha no tiene demandas ni argumentos ante las instancias correspondientes.

El precedente en el órgano de cierre

A esta nueva decisión seguramente le llegará una apelación ante el Consejo de Estado, instancia en la cual hay suficiente conocimiento y fallos que han dado la razón a los demandantes, los cuales demostraron que se ha querido desconocer el reglamento del concurso y favorecer intereses por encima de la Ley.

Fallo

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