Predial no puede subir más del 12%

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A partir del primero de enero entra en vigencia la Ley 1995 de 2.019, la cual coloca límites a los aumentos en el Impuesto Predial que deben estudiar los Concejos municipales, según anunció el creador de la iniciativa, el Representante a la Cámara Oscar Darío Pérez Pineda.

Manifestó que “Ya le pusimos un límite, una ley de mi origen que entra a regir a partir del primero de enero del próximo año, o sea que lo máximo que se puede aumentar, para los estratos uno y dos, es solo el Índice de Precios al Consumidor, IPC; si es de los demás estratos, lo máximo que se puede aumentar es el IPC más ocho, es decir, que si el IPC es de cuatro más ocho, el Impuesto Predial no puede aumentar más de 12, si pagaba 100 pesos no puede pasar de 112.

Indicó que había municipios que aumentaban el 40 o 50% el Impuesto Predial y con la nueva ley no se va a poder hacer, como lo establece la Ley 1995 de agosto 20 de 2019. “Así que desde el Congreso seguiremos defendiendo las justas causas de los colombianos y muy en particular de una tierra que queremos mucho como es el Oriente de Antioquia”, expresó el parlamentario.

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