El espacio público: ¡Vía ocupada o cerrada!

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Según lo expresa el documento para la gestión económica del espacio público de la Cámara de Comercio de Bogotá, “el Espacio público es uno de los principales atributos que sirve para medir la calidad de vida de las ciudades”, y ponen como ejemplo a Curitiba, Singapur y Barcelona. Para contrastar, en redes sociales circulan videos de la persecución a quienes trabajan en las calles de Medellín por parte de los funcionarios de Espacio Público y la Policía donde se muestra como un procedimiento termina en muchos casos, en una triste batalla campal.

No es claro en general, no se comprende y tampoco se desarrolla un trabajo pedagógico en torno al concepto de Espacio Público, se percibe arbitraria y caprichosamente. Se entiende como el espacio de todos o el de nadie según la conveniencia. Los lugares comunes son escenario de conflicto debido a que las personas expanden su idea del derecho individual al terreno de lo colectivo. Los casos abundan, se vulnera y se agrede el espacio del otro de forma constante, se provoca disgusto, incomodidad, problemas!.

La consecuencia del mal uso del espacio público suele ser el enfrentamiento entre las personas o una constante resignación que genera rabias, molestias contenidas y el deterioro de la relación armónica entre los ciudadanos. La queja ocurre silenciosamente y sólo en algunos casos –diríamos extremos- llegan a las instancias de la demanda. Cada persona concibe en forma diferente y difusa esa frontera que ni siquiera en las dependencias públicas tienen clara y desde donde también se abusa.

Según un documento de la ESAP, “El espacio público es el lugar que hace posible el encuentro cotidiano entre personas, quienes mediante su acción crean su propia historia y cultura. Tiene su origen en Grecia con el Ágora, en Roma con el Foro; espacios que posteriormente pasaron al servicio de la comunidad. Estas eran las plazas de carácter cívico en donde se desarrollaba la vida social, política y económica”, que comprende entre otros, los bienes de uso público cuya utilización pertenece a todos los habitantes destinados al disfrute colectivo, los elementos arquitectónicos, espaciales y naturales de los inmuebles de propiedad privada que por su naturaleza, uso o afectación satisfacen necesidades de uso público y las áreas requeridas para la conformación del sistema de espacio público.

 

La Constitución Política de Colombia establece la titularidad de los bienes de dominio público, en cabeza de la nación (art. 102) de los departamentos y municipios (art. 362). Según la Ley 9ª art. 5,  el espacio público está constituido por las áreas requeridas para la circulación tanto peatonal como vehicular, las áreas para la recreación pública activa o pasiva, para la seguridad y tranquilidad ciudadana, las franjas de retiro de las edificaciones sobre las vías, fuentes de agua, parques, plazas, zonas verdes y similares, las necesarias para la instalación y mantenimiento de los servicios públicos básicos, para la instalación y usos de los elementos constitutivos del amoblamiento urbano, para la preservación de las obras y de los elementos históricos, culturales, para la conservación y preservación de paisajes y los elementos naturales del entorno de la ciudad, los necesarios para la preservación y conservación de las playas, los terrenos de bajamar, así como sus elementos vegetativo, arenas, corales y en general, por todas las zonas existentes o debidamente proyectadas en las que el interés colectivo sea manifiesto y conveniente y que constituya, por consiguiente, zonas para el uso o disfrute colectivo.

 

De igual forma, existe este derecho en un espacio privado que se entiende bajo el nombre de áreas comunes. Es decir, en una co-propiedad, o en la llamada Propiedad Horizontal donde se crean zonas para el uso de todos. Ocurre tanto en espacios interiores como exteriores y funciona en lo urbano como en lo rural. Para el caso, un ejemplo común se refiere a la tenencia de mascotas donde es claro que una administración de este tipo, no puede prohibir la tenencia de animales. En caso de hacerlo, estaría vulnerando derechos fundamentales a sus moradores. Lo que debe ocurrir es el establecimiento consensuado de unos  parámetros de cuidado de las mascotas para procurar la convivencia.

 

En nuestros municipios, recorrer las calles, los parques, caminar e intentar hacerlo en forma tranquila y segura es ya casi una utopía, o al menos, una acción de alto riesgo. Somos callejeros por naturaleza y nos caracterizamos por andar “por la mitad de la calle”. Sin embargo, cada vez es más difícil debido a que se ha incrementado la circulación de vehículos, especialmente motos, pero también -por diversas razones-, la gente va ampliando el dominio alrededor de sus propiedades, realizando cerramientos, levantando muros, haciendo un parqueadero, unas mesitas para el negocio o el sitio de exhibición de mercancías, y en todos los casos, convencidos de estar actuando “en su propiedad”.

Ahora, frente al creciente fenómeno de urbanización, de transformación de nuestros pueblos, resulta urgente determinar un buen uso, un debido manejo que permita la construcción de un ambiente en los lugares donde la ciudadanía se encuentra en una especie de terreno neutral, propio y colectivo, comunitario y de servicio, en consecuencia con lo anteriormente planteado, con lo políticamente correcto, en aras de entender la verdadera dimensión del concepto para alcanzar una buena gestión de este y no caer en lo que sin duda es la evidencia del caos, es decir, creer que se trata de la conformación de un ejército de funcionarios dedicados a reprimir y perseguir a quien se atreva a “invadir” las calles, como una especie de “Esmad” del espacio público como ocurre actualmente en Medellín.

Y es que las decisiones al respecto parecen estar en un intersticio administrativo, entre las Secretarías de Planeación y de Gobierno. Si se plantea un trabajo conjunto sería una buena opción, pero lo ideal sería entender la necesidad de una gerencia dedicada exclusivamente a trabajar en eso, en administrar, planear, construir, conciliar, consensuar, enseñar y controlar. Trabajar con un buen manual, basado en principios constitucionales y contextualizados, con objetivos específicos de acuerdo con las realidades locales en donde ocurren apropiaciones de índole cultural, que son parte de nuestra idiosincrasia, de ciertas tradiciones que alcanzan hasta lo pintoresco, como la presencia de caballos en la vía pública, colgar la ropa en el balcón, extender la huerta campesina al antejardín en la zona urbana o compartir el poder del equipo de sonido con los vecinos de todo el barrio.

Hasta allí el fenómeno es parte del paisaje cotidiano que puede ir cambiando positivamente, pero llega a ser crítico cuando el asunto toca fibras sensibles, cuando se impide el paso, se vulnera el derecho del otro e incluso, se pone en riesgo la vida e integridad de las personas. El hecho más frecuente es la colocación de mercancías, mesas, elementos de trabajo, avisos o realizar cerramientos para ampliar las propiedades, y de igual forma, el parqueo de vehículos sobre las aceras. Esto obliga a la gente a salirse a la calle, impide el paso de personas con movilidad reducida o reduce el uso libre de esos espacios, así sea simplemente para mirar, lo cual es también un derecho (por ejemplo, cuando se instala un aviso inmenso perpendicular al muro, o se levanta un muro). Y es que la mentalidad del abuso es contagiosa porque, si el otro lo hizo entonces avala el derecho a replicarlo en versión ampliada.

Poco a poco se ha ido creando la idea de propiedad sobre ese espacio por lo que una acción administrativa para restituirlo es una decisión que ningún alcalde quiere tomar porque si lo hace con uno lo tendría que hacer con todos. Así que la gente en el barrio se fue acostumbrando a ver que hasta los antejardines terminan con reja y techo para que el carrito del vecino esté protegido y que otros siempre dejan la moto escampándose en el andén, que la tienda ya se amplió otro poquito o que los materiales de una remodelación ya llevan semanas sobre la acera.

Es pues urgente que se defina una política de protección del espacio público, fundamentalmente desde los planes de ordenamiento territorial pero también desde la presencia y acción de funcionarios que entiendan la gran responsabilidad que tienen, desde acuerdos municipales coherentes con la necesidad de expandir esos espacios no sólo en lo cuantitativo sino también en la generación de proyectos de mejoramiento y embellecimiento, priorizando aspectos como la accesibilidad para todo tipo de personas, la participación, la actividad cultural y lúdica, la recreación, el encuentro en condiciones que propicien la construcción de ciudadanía.  Una fórmula para lograr un objetivo esencial: mejorar la calidad de vida de nuestros pueblos.

Textos y fotos: Mario Augusto Arroyave Posada

 

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