El Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia resolvió a favor la apelación de Marinilla en el caso contra NOPCO Colombia S.A.

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La industria NOPCO Colombia S.A, productora de químicos y la cual hizo una construcción en el perímetro urbano de Marinilla, en el sector sur occidental. Dicha empresa aun no ha podido iniciar su operación por no contar con licencia ambiental.

En segunda Instancia el Tribunal Administrativo de Antioquia revocó falló de primera instancia que aceptaba pretensión de NOPCO Colombiana S.A. en el sentido de que se reconociera el silencio administrativo con el fin de que quedaran aprobadas las reformas que ellos realizaron a la licencia de construcción inicialmente otorgada.

Según la administración de Marinilla: “La licencia que había sido aprobada en el año 2011 por la Secretaría de Planeación Municipal no concuerda con lo que actualmente se encuentra construido en el sur occidente del perímetro urbano de Marinilla.
El Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia resolvió a favor la apelación de la Administración municipal y revocó un fallo en contra en primera instancia emitido por el Juzgado 5 Administrativo oral del municipio de Medellín el pasado 25 de junio en el cual se habían concedido las pretensiones de la Industria de químicos, Nopco S.A..
Concluye la sentencia que no se encuentra incumplimiento alguno de las normas que alega la parte demandante, al existir una vulneración a la normatividad urbanística además de no ser esta acción el medio idóneo para declarar el silencio administrativo positivo.
El alcalde de Marinilla, Gildardo Hurtado, manifestó que el caso NOPCO es un tema en el que se debe actuar con mucho cuidado y con estricto nivel de responsabilidad sobre la base de sólidos elementos técnicos y jurídicos y que todas las decisiones adoptadas por el municipio deben estar ajustadas a la ley.
Informó que actualmente está en proceso otra demanda en acción de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Nopco S.A. contra el municipio cercana a los 15 mil millones de pesos por no haberles permitido el desarrollo de su actividad industrial una vez construyeron las instalaciones en el municipio de Marinilla en el año 2011. La empresa no pudo iniciar su operación por no contar con licencia ambiental la cual debió ser otorgada por CORNARE.
En este último proceso, no fue posible llegar a un acuerdo con la sociedad Nopco Colombiana S.A. en la audiencia de Conciliación Extrajudicial que se realizó en octubre del año pasado, pese al buen ánimo de arreglo de la Administración Municipal la cual solicitó que en la planta construida se desmantelara todo equipamiento destinado a producción química de cualquier tipo, ya que esta actividad atenta contra el bienestar de la comunidad.”

Aun falta la respuesta que de Nopco tenga en cuanto a este resultado.

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