Nuevo Código de Policía, conozca algunas de las prohibiciones

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El nuevo Código de Policía o Ley 1801 de 2016, aprobado por el Congreso de la República el pasado 29 de julio de 2016 y que entró en vigencia a partir del 29 de enero de 2017 busca mejorar la convivencia ciudadana y bajar los índices de violencia.

Sin excesos de ruido

El nuevo Código da a la Policía facultades para identificar, registrar y desactivar la fuente de ruido de fiestas, reuniones, ceremonias, actividades religiosas o eventos similares, en casos que afecten la convivencia del vecindario, o cuando generen molestia por su impacto auditivo.

Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de medidas correctivas, que también pueden ser sanciones económicas. La multa alcanza hasta 16 los salarios mínimos diarios ($393.449).

Prohibido orinar en zona pública

Realizar necesidades fisiológicas, como orinar en el espacio público, tendrá una sanción de $786.898. La restricción está contemplada en el artículo 140. El nuevo Código de Policía de Colombia también ordena a los establecimientos de comercio abiertos al público prestar el servicio de baño a niños, mujeres en estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, “sin importar que los mismos sean sus clientes o no”. La inobservancia de la presente norma tendrá como consecuencia la imposición de una multa Tipo 1 ($98.362) o suspensión temporal de actividad.

No alcohol ni alucinógenos

Art. 140: Consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas en el espacio público o en lugares privados abiertos al público generaría una multa de ocho salarios mínimos diarios ($196.725) y la disolución de la actividad. En los casos donde el consumo es en inmediaciones a una institución educativa, la multa sube a 16 salarios diarios ($393.449). Además, la Policía destruye el licor o el alucinógeno. Si es un menor de edad el que consume o expende, tendrá que participar en un programa de convivencia. Entre los artículos 83 y 94 también dice que no se puede consumir licor en establecimientos como tiendas.

Sin ventas en espacio público

La nueva normativa establece unos comportamientos “contrarios al cuidado e integridad del espacio público” que “no deben efectuarse”, también estipulados en el artículo 140.

“Cuando el comportamiento de ocupación indebida del espacio público a que se refiere el numeral 4 del presente artículo, se realice dos veces o más, se impondrá, además de la medida correctiva prevista (multa por ($98.362) en el parágrafo anterior, el decomiso o la destrucción del bien con que se incurra en tal ocupación”, se lee en el parágrafo 3 del Código de Policía.

Protección a los animales

El artículo 101 precisa una serie de comportamientos que afectan las especies de flora o fauna silvestre. En el listado registra tener animales silvestres en calidad de mascotas. En estos casos, la autoridad competente podrá aplicar el cobro de multa por $393.449. Además, podrá decomisar el animal.

Lea aquí el Nuevo Código de Policía

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